Informes Técnicos sobre Valoración de Bienes, muebles o inmuebles, perdurables o fungibles, por sustracción, pérdida o siniestro. Incluidas Hojas de Aprecio en procesos expropiatorios de fincas o tasaciones en ejecuciones de sentencias judiciales.

Tasación de muebles y objetos preciosos

En Gabinete Moreta efectuamos tasación de muebles a domicilio con diferentes finalidades: en reclamación a aseguradoras (por sustracción, pérdida o siniestro), pignoraciones, separaciones, divorcios, herencias, divisiones patrimoniales, activos de empresas, compra venta de activos, etcétera. para lotes de mobiliario o equipamiento de elevada importancia unitaria y de una amplia variedad.

Realizamos tasaciones y valoraciones de contenido comercial e industrial en base a normativa oficial: valor de mercado, valor contable, valor a nuevo, valor de reposición a nuevo, valor de reposición a estado actual, valor de restos, otros.

– Gabriel de Moreta, Ingeniero Industrial

Desde el punto de vista fiscal los deterioros de las existencias son gastos fiscalmente deducibles para las empresas. Este tipo de informes pueden ser aceptados por la administración para poder justificar una reducción en el impuesto de sociedades.

Tasaciones inmobiliarias

Realizamos tasaciones inmobiliarias tanto para el Juzgado como a particulares o empresas, con distintas finalidades como: Reparto de herencias; Transmisión de bienes inmuebles; Separaciones; Divorcios; Separación de bienes; Disolución de un proindiviso; Compra ventas; Liquidación de empresas; Reclamaciones de cantidad en expropiaciones forzosas mediante hojas de aprecio (carreteras, vías de tren, tendidos eléctricos…), ejecuciones de títulos judiciales, subastas, etcétera.

Actualmente no realizamos valoración de bienes inmuebles con finalidades financieras.

Las tasaciones inmobiliarias que realizan nuestros técnicos de Gabinete Moreta son: vivienda nueva y usada, locales comerciales, promociones inmobiliarias, edificaciones industriales, terrenos y solares, parkings, fincas rústicas y fincas de suelo industrial.

Peritaciones en Inmuebles

Algunos elementos a tener en cuenta en las tasaciones inmobiliarias son: La ubicación, los medios de transporte cercano, los servicios próximos: zonas verdes, lugares de ocio, servicios escolares, médicos, supermercados…

Hay más elementos como la superficie y distribución, la antigüedad, distintos complementos como, urbanización, jardín, terraza, ascensor, garaje, trastero, vistas, orientación, altura… La calidad de los materiales de construcción; El nivel de protección; El estado de conservación y los daños que haya sufrido un inmueble; etcétera.

Pasos del procedimiento de Urgencia de un Expediente de Expropiación Forzosa

Acta previa a la ocupación

El Acta previa a la ocupación suele ser el primer contacto con la Administración. En ella se realiza una descripción exacta de los bienes a expropiar (polígono, parcela, tipo de cultivo, superficie afectada, mejoras…) y el propietario tiene que acreditar la titularidad de la finca (Escritura, nota simple…) Conviene pedir una copia del Plano Parcelario. Es importante dejar reflejado en el acta previa todos los bienes afectados y describirlos con detalle e incluir las alegaciones oportunas. Este documento es la base para la valoración de la finca por parte del expropiante.

El expropiado debe añadir lo que no se haya tenido en cuenta. Por ejemplo, si la finca se queda con acceso limitado o sin acceso. Si existe partición de la finca, y en caso de que exista un resto pequeño o no segregable se debería solicitar la expropiación del mismo. Si hay un demérito en el resto de la finca no expropiada. Si existe alguna edificación cerca de la zona expropiada indicar la distancia y posibles perjuicios. Si se expropian pozos… Si hay explotaciones en la finca y si se deben redimensionar éstas como consecuencia de la expropiación, qué lucros cesantes hay.

En definitiva, redactar todo lo que nos afecte negativamente como consecuencia de la expropiación.

Acta de ocupación

En base al Acta Previa la Administración realiza el cálculo del Depósito Previo de Ocupación y/o una Indemnización Rápida Ocupación, que es un dinero a cuenta del valor final de lo expropiado (no suele ser un porcentaje de éste) hay una nueva reunión con la Administración.

La Administración ofrece al propietario el Depósito Previo e Indemnización por Rápida Ocupación y se puede cobrar o no. En caso de no cobrarlo se consignará en la Caja General de Depósitos y, a todos los efectos, es como si se hubiera cobrado. Es por esto que aconsejo cobrar el Depósito Previo ofrecido. Se levanta el Acta de Ocupación. En este momento la Administración puede ocupar la finca.

Negociación del justiprecio

Se cita al afectado de nuevo para negociar valor de los bienes y derechos a expropiar. Si se llega a un acuerdo se firma el ACTA de JUSTIPRECIO. Si no se llega a un acuerdo, se requiere al afectado una HOJA DE APRECIO CON SU VALORACIÓN, se recomienda que ésta sea realizada por técnico competente de Gabinete Moreta y conviene que esté visada por Colegio Oficial.

La Administración presenta su contra Hoja de Aprecio. Si se sigue sin llegar a un acuerdo, se acude al Jurado Provincial de Expropiaciones que emite una valoración.

En caso de no aceptar la valoración de la Administración inicial, una vez está el expediente en el Jurado Provincial de Expropiaciones, siempre sería posible cobrar lo ofrecido por la Administración, ya que el Jurado nunca da un valor más bajo que éste. Si no se considera suficiente la valoración del Jurado Provincial de Expropiaciones, se apela al Procedimiento Contencioso Administrativo (en este caso es necesario contratar abogado y procurador) Los Jurados de Expropiación incrementan el justiprecio ofrecido por la Administración.

Escribanos explicándonos su caso a info@gmoreta.com  y le daremos presupuesto sin compromiso.